lunes, 17 de octubre de 2022

Resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones a entidades locales de la provincia de Cuenca para el mantenimiento de los centros de difución de televisión digital terrestre (TDT)



DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA 
NÚM. 2589 
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA AL MUNICIPIO
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 INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CUENCA PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS CENTROS DE DIFUSIÓN DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE (TDT) DE TITULARIDAD MUNICIPAL.

 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para participar en la convocatoria de “Subvenciones a Entidades Locales de la Provincia de Cuenca para el mantenimiento de los centros de difusión de Televisión Digital Terrestre (TDT) de titularidad municipal” (Bases de Convocatoria aprobadas por decreto número 5218 de 5 de agosto de 2022, y publicadas en el BOP nº 91 de 8 de agosto), se ha comprobado que los Ayuntamientos, de acuerdo con lo establecido en las Bases de convocatoria, adjuntan a su solicitud la documentación requerida en el Artículo 9. 

Visto informe de la Intervención de Fondos sobre existencia de consignación presupuestaria por importe de 70.000 euros con cargo a la partida 301 491 4620016 “Subvención Ayuntamientos Internet vía ancha/repetidores” para la atención del gasto derivado de la concesión de la ayuda.

 Por el órgano instructor, una vez finalizado el procedimiento de instrucción, visto el informe emitido por la Comisión de Valoración, efectuó el prorrateo para ajustar el gasto a la consignación.

 Con fecha 19 de septiembre de 2022 (BOP 108) se hizo pública la propuesta de resolución provisional de la convocatoria otorgando plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones.

 Transcurrido el citado plazo, con fecha 6 de octubre, se reúne la Comisión de Subvenciones para valorar las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento de Villas de la Ventosa, concluyendo que queda acreditada la imposibilidad material de la presentación en plazo y, por tanto, se admite su solicitud.

 A la vista de ello 

SE PROPONE: 
1. Admitir las solicitudes formuladas por los Ayuntamientos incluidos en la relación adjunta (Anexo I) y por los importes indicados. 
2. Excluir las solicitudes de los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo II por los motivos que en el mismo se indican. 
3. Otorgar plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en el BOP y en el tablón electrónico de la Diputación de Cuenca, https://sede.dipucuenca.es, para que las entidades comuniquen su aceptación o renuncia a la subvención, entendiéndose aceptada si en el plazo citado éstos no manifiestan expresamente la renuncia. La aceptación comportará la conformidad con todos los términos de la concesión y las condiciones de su ejecución. 

ANEXO I

Nº                     CIF                            MUNICIPIO                                     SUBVENCIÓN

54                 P1622000F          TORREJONCILLO DEL REY                 1.029,41 €



ANEXO II 
Ninguno Lo que se hace público para general conocimiento. 
En Cuenca, a la fecha y con las firmas electrónicas que figuran en este documento.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de cuenca. Viernes, 14 de octubre de 2011. Núm. 118.







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