AYUNTAMIENTO DE TORREJONCILLO DEL REY
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En cumplimiento de lo
establecido por el artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones
durante el plazo de exposición al público, del acuerdo de aprobación inicial
del expediente de modificación de créditos nº 2/2013, adoptado en sesión
celebrada el día 9 de Agosto de 2.013, queda automáticamente elevado a definitivo
con el siguiente resumen:
Presupuesto de gastos
Altas en Aplicaciones de
Gastos
Aplicación
Presupuestaria Descripción
Euros
1 2 Gastos corrientes en
Bienes y Servicios 25.925,36
TOTAL GASTOS 25.925,36
Bajas en Aplicaciones de
Gastos
Aplicación
Presupuestaria Descripción
Euros
9 1 Gastos de personal
12.969,01
9 2 Gastos corrientes en
bienes y servicios 12.956,35
TOTAL GASTOS 25.925,36
Contra el presente Acuerdo,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 171 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso- administrativo en la forma y plazos
establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a
tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, y artículo 171.3
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho
recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Torrejoncillo del Rey, a
10 de Septiembre de 2013.
El Alcalde,
Fdo.: Mariano Briones Moreno
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. Lunes 16 de septiembre de 2013. Num.106
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