jueves, 26 de noviembre de 2020

Ayudas a la Rehabilitación Edificatoria

Continuando con las políticas de vivienda de los últimos años, que apuestan fuertemente por la rehabilitación como uno de los principales medios para garantizar la sostenibilidad y el acceso a la vivienda, al recuperar la habitabilidad y mejorar la calidad de un amplio parque inmobiliario infrautilizado, la Consejería de Fomento, desde su Dirección General de Vivienda y Urbanismo, plantea las ayudas a la Rehabilitación Edificatoria, dentro del marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regual el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. 

Estas ayudas se organizan en torno a dos Programas:

  • Programa 1: Fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad de viviendas.
  • Programa 2: Fomento de la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

Ambos programas se dirigen a la rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas, excluyendo la obra nueva y las obras de ampliación, y exiten diferentes líneas para las distintas actuaciones a realizar:

  • Línea A: Actuaciones en elementos comunes de edificios de tipología residencial colectiva de viviendas.
  • Línea B: Actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva (en pisos). 
  • Línea C: Actuaciones en vivienda unifamiliares aisladas o agrupadas en fila

Según determina la Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, con efectos desde el 1 de junio de 2020, quedará derogada la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos.

Por lo tanto desde esa misma fecha, 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará.

La documentación relativa a cualquier expediente podrá remitirse telemáticamente en la siguiente dirección electrónica:

https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente

Una vez accedida a esta página, debe seleccionar una de las dos opciones disponibles, utilizando preferentemente "Acceso a tus Trámites y Gestiones Electrónicos con la JCCM mediante Certificado Digital".

Si no puede realizar sus gestiones de forma telemática, desde el 1 de junio, vuelven a estar abiertos al público los edificios administrativos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, si bien, la autoridad sanitaria recomienda máxima prudencia, por lo que, aunque SE REANUDA LA ATENCIÓN PRESENCIAL, se deberá concertar CITA PREVIA con antelación. 

Fuente: https://vivienda.castillalamancha.es

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