Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 2/2014, que se hace público resumido por capítulos:
A) Suplemento de créditos
Capítulo Denominación Importe/Euros
6 Inversiones Reales 20.000,00
Total Suplemento de Créditos 20.000,00
Procedencia de los fondos:
Mayores ingresos:
Capítulo Denominación Importe/Euros
1 Impuestos Directos 12.000,00
3 Tasas y otros Ingresos 8.000,00
Total Mayores Ingresos 20.000,00
B) Créditos extraordinarios:
Capítulo Denominación Importe/Euros
6 Inversiones Reales 75.000,00
Total Créditos Extraordinarios 75.000,00
Procedencia de los fondos:
Remanente de Tesorería para gastos generales:
Capítulo Denominación Importe/Euros
8 Activos financieros 75.000,00
Total Remanente de Tesorería 75.000,00
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el mismo artículo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Torrejoncillo del Rey, diciembre de dos mil doce.
El Alcalde,
Fdo.: Mariano Briones Moreno
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. Viernes 19 de diciembre de 2014. Núm. 146.
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